N.º 29, viernes 12 de febrero de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
636
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2016, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 395 a 400.
HECHOS
Primero.– La Escuela Agraria de Derio ha impartido, en Elorrio, en Markina-Etxebarria, en Orduña, en Zalla, y en su propia sede de Derio, los cursos que se relacionan a continuación:
Curso n.º 395, Escuela Agraria de Derio, curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, impartido en Elorrio, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Curso n.º 396, Escuela Agraria de Derio, curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Curso n.º 397, Escuela Agraria de Derio, curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, impartido en Markina-Etxebarria, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Curso n.º 398, Escuela Agraria de Derio, curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, impartido en Orduña, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Curso n.º 399, Escuela Agraria de Derio, curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, impartido en Zalla, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Curso n.º 400, Escuela Agraria de Derio, curso de renovación de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B, y curso de Convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
Los seis cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualifcado, del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.
Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.
Vistos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– el Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.
Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería,
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:
1.– De nivel básico del curso 395 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.
2.– De nivel básico del curso 396 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II a la presente Resolución.
3.– De nivel básico del curso 397 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo III a la presente Resolución.
4.– De nivel básico del curso 398 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IV a la presente Resolución.
5.– De nivel básico del curso 399 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo V a la presente Resolución.
6.– De niveles básico y cualificado del curso 400 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VI a la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 26 de enero de 2016.
La Directora de Agricultura y Ganadería,
IKERNE ZULUAGA ZAMALLOA.