N.º 28, jueves 11 de febrero de 2016
- Otros formatos:
- PDF (220 KB - 1 Pág.)
- EPUB (195 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 DE GETXO
621
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 323/2015.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Getxo.
Juicio: juicio verbal 323/2015.
Demandante: Financiera el Corte Ingles E.F.C., S.A.
Abogado: Jose Antonio Moreno Muñoz.
Procurador: Maria Isabel Echevarrieta Alvarez.
Demandado: Miguel Angel Navarro Astaiza.
Sobre: reclamacion de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado sentencia de fecha 13 de enero de 2016, en la que el fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la representación de Financiera el Corte Ingles E.F.C., S.A, contra D. Miguel Angel Navarro Astaiza debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante en la cantidad de 2.931,90 euros, con imposición de los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda e intereses previstos por el artículo 576 de la LEC a partir de la actual fecha, con imposición de las costas causadas en esta instancia.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual paradero del demandado rebelde D. Miguel Angel Navarro Astaiza y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución no cabe recurso.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Getxo (Bizkaia), a 13 de enero de 2016.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.