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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 28, jueves 11 de febrero de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BARAKALDO
614

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 272/2015 seguido sobre divorcio contencioso.

Juzgado de Primera Instancia n.º 5 (Familia) Barakaldo.

Juicio: divor. contenc. 272/2015.

Demandante: Ainhoa Saenz Sanchez.

Abogado: Gorka Perez Fernandez.

Procurador: Patricia Lanzagorta Mayor.

Demandado: Gorka Ibarreche Larisgoitia.

Sobre: divorcio.

En el referido juicio se ha dictado el 21-01-2016 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando en parte las demandas formuladas por DASS contra don Gorka Ibarreche Larisgoitia, debo:

1.– Decretar la disolución del vínculo conyugal existente entre las partes por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a referido pronunciamiento.

2.– Otorgar la atribución del uso de las vivienda familiar a la esposa, hasta la finalización de la situación de copropiedad.

El cónyuge que se hallare en la atribución del uso de la vivienda familiar por el tiempo asignado, quedará obligado a satisfacer los consumos inherentes y gastos ordinarios de comunidad de propietarios, quedando por cuenta de ambos cónyuges y en proporción a su cuota de participación respectiva o por mitad, los gastos a cargo de la propiedad.

3.– Firme que fuere la presente Resolución comuníquese de oficio al Registro Civil donde figure inscrito el matrimonio al objeto de extender la oportuna anotación marginal.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Gorka Ibarreche Larisgoitia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 21 de enero de 2016.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental