N.º 10, lunes 18 de enero de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE BALMASEDA
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EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 10/2013 seguido sobre reclamación de cantidad.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Balmaseda.
Juicio: pro. ordinario 10/2013.
Demandante: Anteman S.L.
Abogado: Antonio Valero Fernandez.
Procurador: Elena Ruiz Martinez.
Demandado: INVASC & TEL S.L.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado 27-11-2015 Sentencia cuyo Encabezamiento y Fallo son los siguientes:
SENTENCIA N.º 107/2015
Juez que la dicta: D./D.ª Tania Fernandez Suarez.
Lugar: Balmaseda (Bizkaia).
Fecha: veintisiete de noviembre de dos mil quince.
Parte demandante: Anteman S.L.
Abogado: Antonio Valero Fernandez.
Procurador: Elena Ruiz Martinez.
Parte demandada: INVASC & TEL S.L. (Rebelde).
Objeto del juicio: reclamación de cantidad.
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación de Anteman S.L. y, en su consecuencia, condeno a INVASC & TEL, S.L. a que abone a la actora la cantidad de 21.910,18 euros ello sin perjuicio de que sobre la cantidad así determinada se aplique el previsto en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
No se hace expresa imposición de costas.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado INVASC & TEL S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Balmaseda (Bizkaia), a 16 de diciembre de 2015.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.