N.º 210, miércoles 4 de noviembre de 2015
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
4658
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 698/2015.
En el procedimiento juicio verbal 698/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz, a instancia de Jaundel, S.L. contra Blanca Lacuesta Millan sobre , se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA N.º 145/15
Juez que la dicta: D. Francisco Javier Pablo Pablo.
Lugar: Vitoria-Gasteiz.
Fecha: siete de octubre de dos mil quince.
Parte demandante: Jaundel, S.L.
Abogado: Rafael Carvalho Gonzalez.
Procurador: Jose Ignacio Beltran Arteche.
Parte demandada: Blanca Lacuesta Millan.
Abogado.
Procurador.
Objeto del juicio: demás verbales (13).
FALLO
Desestimo la demanda de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, interpuesta por la mercantil «Jaundel, S.L.», representada por el Procurador Sr. Beltrán y asistida por el Letrado Sr. Carvalho, contra D.ª Blanca Lacuesta Millán, en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia,
Absuelvo a D.ª Blanca Lacuesta Millán, de todos los pedimentos formulados en su contra.
Todo ello, con expresa imposición formal de costas a la parte actora.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Contra la misma no cabe interponer recurso alguno, de conformidad a lo dispuesto en el apartado 1.º, in fine, del artículo 455 de la LEC, dado que la presente reclamación no excede de 3.000 euros.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a siete de octubre de dos mil quince.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Blanca Lacuesta Millan, extiendo y firmo la presente en Vitoria-Gasteiz, a siete de octubre de dos mil quince.
LA SECRETARIO.