N.º 197, viernes 16 de octubre de 2015
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8 DE VITORIA-GASTEIZ
4368
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 506/2014.
Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: juicio verbal 506/2014.
Parte demandante: Ysoelys Laffita Gamboa.
Parte demandada: Cándido Muguruza Guerrero.
Sobre: juicio verbal.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución siguiente:
Sentencia n.º 201/2015 dictada en el procedimiento de juicio verbal JVB 506/2014, entre el demandante Ysoelys Laffita Gamboa y el demandado Cándido Muguruza Guerrero, seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Vitoria-Gasteiz.
En atención al actual desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Cándido Muguruza Guerrero, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días hábiles.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de septiembre de 2015.
LA SECRETARIA JUDICIAL.