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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 197, viernes 16 de octubre de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
4359

ORDEN de 23 de septiembre de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de «Emaus Fundación Social».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 16 de abril de 2015 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud suscrita por don Javier Pradini Olazábal, Presidente de Emaus Fundación Social, de inscripción de la modificación de los estatutos de la Fundación.

Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la Escritura Pública de elevación a público de acuerdos sociales, otorgada por la Fundación, el día 18 de febrero de 2015, ante el Notario de Pasaia, don Miguel Ángel Sánchez Ferrer, número 205 de su protocolo.

La referenciada Escritura pública incorpora certificado expedido en San Sebastián el día 19 de enero de 2015 por don Eduardo Sánchez Pérez, Secretario de la Junta de Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 7 de enero de 2015, en la que se adoptó, entre otros, por unanimidad la modificación de los Estatutos de constitución de Emaús Fundación Social.

En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados, así como el texto actual íntegro de los Estatutos Fundacionales.

Segundo.– Mediante escrito de fecha 12 de agosto de 2015, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 11 de septiembre de 2015 en el Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia autorizada de la Escritura Pública de elevación a público de los acuerdos sociales otorgada por la Fundación el día 10 de septiembre de 2015 ante el Notario de Pasaia, don Miguel Ángel Sánchez Ferrer, número 1465 de su protocolo.

Con la documentación presentada se subsanan los defectos observados y por los cuales la Fundación fue requerida.

Tercero.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación de los Estatutos de «Emaus Fundación Social».

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura Pública, donde consta la modificación de los Estatutos Fundacionales de Emaus Fundación Social otorgada el día 18 de febrero de 2015, ante el Notario de Pasaia, don Miguel Ángel Sánchez Ferrer, número 205 de su protocolo. Escritura subsanada por otra otorgada ante el mismo Notario el día 10 de septiembre de 2015, número 1465 de su protocolo.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de septiembre de 2015.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental