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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 195, miércoles 14 de octubre de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
4311

ORDEN de 23 de septiembre de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 14 y 16 de los estatutos de la «Fundación Social Ignacio Ellacuria».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 26 de diciembre de 2014 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia autorizada de la Escritura Pública de Modificación de Estatutos, ceses y nombramientos otorgada el día 18 de diciembre de 2014, por la Fundación Social Ignacio Ellacuria, ante el Notario de Bilbao don Juan Ignacio Gomeza Villa, número 2.256 de su protocolo.

La referenciada Escritura pública incorpora certificado expedido en Bilbao, el día 18 de diciembre de 2014 por don Jabier Martínez López, Vicesecretario del Patronato de la Fundación, con el visto bueno de su Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 18 de diciembre de 2014, en la que se adoptó, entre otros, por unanimidad la modificación de los artículo 14 y 16 de los Estatutos de la Fundación Social Ignacio Ellacuria.

En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados.

Segundo.– Mediante escrito de fecha 11 de mayo de 2015, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 16 de junio de 2015 en el Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia autorizada de la Escritura Pública de complemento de otra de modificación de estatutos, ceses y nombramientos otorgada por la Fundación el día 10 de junio de 2015 ante el Notario de Bilbao don Juan Ignacio Gomeza Villa, número 1.027 de su protocolo.

Con la documentación presentada se subsanan los defectos observados y por los cuales la Fundación fue requerida.

Tercero.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación de los artículos 14 y 16 de los Estatutos de la «Fundación Social Ignacio Ellacuria».

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura Pública, donde consta la modificación de los artículos estatutarios otorgada el día 18 de diciembre de 2014, ante el Notario de Bilbao don Juan Ignacio Gomeza Villa, número 2.256 de su protocolo. Escritura subsanada por otra otorgada ante el mismo Notario el día 10 de junio de 2015, número 1.027 de su protocolo.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de septiembre de 2015.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental