N.º 192, jueves 8 de octubre de 2015
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DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
4267
ANUNCIO por el que se notifican las resoluciones del Director de Pesca y Acuicultura, sobre varios expedientes sancionadores, en relación a infracciones a la Ley 6/1998, de 13 de marzo, de pesca marítima.
Intentada sin efecto la notificación de dichas resoluciones, se publica el presente Anuncio en cumplimiento de los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándoles que, contra la citadas resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Cuando la notificación de la presente Resolución se produzca entre los días 1 y 15 del mes, el plazo para el pago será el comprendido entre la fecha de notificación y el día 5 del mes siguiente o el día inmediato hábil posterior, si aquel no lo fuera. Si, por el contrario, la notificación se produce entre los días 16 y último de mes, el plazo comprenderá desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el día inmediato hábil posterior, si aquel no lo fuera.
El ingreso de esta cantidad deberá hacerse indicando los siguientes conceptos; nombre del titular, el número del expediente de la sanción y el concepto de «Sanción de Pesca» en la siguiente c/c y entidad bancaria:
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
Tesorería General del Gobierno Vasco
C/C n.º 01825685070000226271
En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
(Véase el .PDF)
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de septiembre de 2015.
El Director de Pesca y Acuicultura,
LEANDRO AZCUE MUGICA.