Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 192, jueves 8 de octubre de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE GERNIKA-LUMO
4258

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 301/2014.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Gernika.

Juicio: Juicio verbal 301/2014.

Demandante: Ignacio Zalabarria Irazabal – Aitor Amunategui Cenarruzabeitia, S.C.

Abogado.

Procurador: Miren Irune Gorroño Menchaca.

Demandado: Estibaliz Gardoqui Ercilla.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado con fecha 02-07-2015 sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora D.ª Miren Irune Gorroño Menchaca, en nombre y representación de D. Aitor Amunategui Cenarruzabeitia y D. Ignacio Zalabarria Irazabal, actuando en interés de la Sociedad Civil Ignacio Zalabarria Irazabal – Aitor Amunategui Cenarruzabeitia, contra D.ª Estibaliz Gardoqui Ercilla, condeno a ésta a abonar la cantidad de dos mil ciento tres euros con ochenta céntimos de (2.103,80), el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de la reclamación extrajudicial y que se verán incrementados en dos puntos porcentuales desde la fecha de la presente y al abono de las costas procesales.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada D.ª Estibaliz Gardoqui Ercilla y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución no cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Oficina judicial de este tribunal.

En Gernika-Lumo (Bizkaia), a 1 de septiembre de 2015.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental