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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 189, lunes 5 de octubre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
4175

ORDEN de 25 de septiembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, sobre la recogida de información unificada en materia de centros docentes correspondiente al curso 2015-2016.

Para atender a las necesidades en materia de planificación educativa, de gestión e, igualmente, a efectos estadísticos, se va a proceder a la recogida unificada de la información necesaria, correspondiente al curso 2015-2016 en todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparten niveles no universitarios. Por ello, a propuesta de las Viceconsejerías de Administración y Servicios y de Educación

DISPONGO:

Primero.– Todos los centros educativos no universitarios, situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán responder y cumplimentar con la mayor precisión y rigor posibles, a través de los aplicativos del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, los documentos o formularios diseñados al efecto y agrupados con las denominaciones de Actividad Escolar, Cuadros Horarios, Expedientes Académicos, Notas y Faltas (actas finales) y NEE-Necesidades educativas especiales.

Segundo.– A lo largo del curso académico, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura comunicará a cada centro docente qué cuestionarios han de ser cumplimentados, y se indicarán los plazos y procedimientos correspondientes.

Tercero.– La cumplimentación de los modelos será supervisada por el director o la directora del centro, que avala la exactitud de la información. Una vez cumplimentados, si procede, los documentos serán enviados dentro de los plazos y de acuerdo con los procedimientos indicados, y se procederá, en su caso, a la revisión de los mismos.

DISPOSICIón final primera

Se autoriza a la Viceconsejera de Administración y Servicios, a la Viceconsejera de Educación y a los Delegados Territoriales de Educación para que tomen las medidas precisas para el mejor desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de septiembre de 2015.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental