N.º 174, lunes 14 de septiembre de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3867
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 2 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2015, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune.
El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden y Convocatoria de 2 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2015, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 169, de 7 de septiembre de 2015, se procede a su corrección.
En la página 2015/3790 (29/4) en la versión en euskera, y en la página 2015/3790 (4/30) en la versión en castellano, en el artículo 5.- Entidades beneficiarias, apartado 1.a) 4.
Donde dice:
«4. Cabeceras comarcales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con más de 100 establecimientos comerciales, únicamente para las actuaciones recogidas en el apartado 1.e del artículo 6 de esta Orden. Dichos ayuntamientos se relacionan en el anexo III de la presente Orden.»
Debe decir:
«4. Cabeceras comarcales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con más de 100 establecimientos comerciales, únicamente para las actuaciones recogidas en el apartado 1.d del artículo 6 de esta Orden. Dichos ayuntamientos se relacionan en el anexo V de la presente Orden.»
En la página 2015/3790 (29/23) en la versión en euskera, y en la página 2015/3790 (24/30) en la versión en castellano, en el anexo VI, se corrigen los datos del campo Densidad
Donde dice:
ANEXO VI
Datos de población, establecimientos comerciales y densidad comercial de los municipios de la CAPV, según los datos del EUSTAT a 1 de enero de 2015.
A los efectos de lo establecido en la Orden reguladora de este programa de ayudas, la densidad comercial de la CAPV será 13,04.
(Véase el .PDF)
Debe decir:
ANEXO VI
Datos de población, establecimientos comerciales y densidad comercial de los municipios de la CAPV, según los datos del EUSTAT a 1 de enero de 2015.
A los efectos de lo establecido en la Orden reguladora de este programa de ayudas, la densidad comercial de la CAPV será 13,04.