N.º 145, lunes 3 de agosto de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3412
DECRETO 153/2015, de 27 de julio, por el que se declara de interés social a la Asociación Española contra el cáncer, Junta de Gipuzkoa.
El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.
El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.
A su amparo, la entidad Asociación Española contra el cáncer, Junta de Gipuzkoa, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.
Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, Asociación Española contra el cáncer, Junta de Gipuzkoa, es una Institución con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de carácter benéfico asistencial y sin fin de lucro constituida en 1953. La Junta de Gipuzkoa, concretamente, empezó su andadura en el año 1988. Su objetivo principal es la lucha contra el cáncer en todas las posibles modalidades conocidas, o que en el futuro se conozcan, mediante del desarrollo de funciones y de actividades de divulgación, de prevención, de investigación, de formación y de carácter sanitario o asistencial.
Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad ininterrumpidamente desde 2010, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.
En virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 27 de julio de 2015,
DISPONGO:
Artículo 1.– Declarar de interés social a la Asociación Española contra el cáncer, Junta de Gipuzkoa, por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.
Artículo 2.– Reconocer a la Asociación Española contra el cáncer, Junta de Gipuzkoa los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2015.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,
ANGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.