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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 129, viernes 10 de julio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3079

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2015, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco fijado en la Orden que regula el programa de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas turísticas, para el ejercicio 2015.

La Orden de 11 de junio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, regula el programa de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas turísticas (BOPV n.º 114, de 18 de junio de 2014), y ha sido modificada por la Orden de 24 de junio de 2015 de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 1 de julio de 2015).

De conformidad a lo establecido en el artículo 10 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas, que en el mismo se recogen, para el ejercicio 2015, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2015, de las ayudas previstas en la Orden de 11 de junio de 2014, modificada por Orden de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, que regula el programa de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas turísticas.

Para este fin se destinará un total de 699.396,54 euros según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015.

Los importes destinados a cada una de las actuaciones subvencionables son los siguientes:

a) Iniciativas innovadoras en el sector turístico: 321.722 euros (46%).

b) La modernización de la oferta turística para hacerla más competitiva: 307.735 euros (44%).

c) La adecuación de los establecimientos turísticos a la normativa de accesibilidad: 20.939,54 euros (3%).

d) La implantación de sistemas certificables de gestión de la calidad y de gestión ambiental en las empresas y establecimientos ubicados en el País Vasco que operan en el sector turístico: 49.000 euros (7%).

El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, y en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y con carácter previo a la resolución de las mismas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo.

Artículo 2.– Requisitos.

1.– Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 11 de junio de 2014, modificada por Orden de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, que regula el programa de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas turísticas, deberán reunir los requisitos y condiciones para el acceso a las mismas, de conformidad con lo establecido en la Orden de referencia.

Artículo 3.– Período temporal de las actuaciones que podrán ser objeto de subvención.

Se admitirán las inversiones realizadas y justificadas desde el 29 de julio de 2014 hasta la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda, dentro del plazo establecido en el articulo 6 de la presente resolución.

Artículo 4.– Composición de la Comisión de Evaluación.

La Comisión de evaluación que se constituya para la evaluación conjunta de las solicitudes en función de los criterios de prelación citados en el artículo 15, la cual elevará al órgano competente las propuestas de resolución correspondientes, estará formada por las personas que a continuación se relacionan:

– Presidente/a: Carlos Izaguirre San Emeterio. Suplente: M.ª Teresa Lezana Pérez.

– Secretaria/o: Cristina Madinabeitia Olariaga. Suplente: Jon Zalakain Hernández.

– Vocales: Gema Etxenike Jauregibeitia, Ana Isabel Lekue Gallano, Miren Iosune Etxebeste Hernandorena y Eider Albizu Zenikazelaia.

– Vocales suplentes: David Garcia de Domingo, Garbiñe Ibarzabal Goikoetxea, Amaia Agirre Gogorza e Idurre Ostolaza Gárate.

Artículo 5.– Lugar y forma de presentación.

1.– El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusívamente través de la sede electrónica que se señala a continuación:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/ (castellano).

Http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/ (euskera).

Las especificaciones de cómo tramitar por el canal electrónico, así como la solicitud, declaraciones responsables y demás modelos estarán disponibles en la citada sede electrónica. Se anexa para su conocimiento el contenido de la solicitud, asi como de las declaraciones responsables.

El acceso al expediente, los requerimientos, notificaciones y demás trámites posteriores a la solicitud implicados en esta Orden, se realizan a través de http://www.euskadi.eus/misgestiones/

Para que la presentación se considere completa y de lugar a todos los derechos que se derivan de ella, la solicitud incorporará, además de la firma reconocida de la persona o entidad solicitante, la documentación soporte referida en el artículo 12 de la Orden.

Artículo 6.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir de las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria, en el Boletín Oficial del País Vasco, y finalizará a las 12:00 horas del día 11 de agosto de 2015.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2015.

La Viceconsejera de Comercio y Turismo,

ITZIAR EPALZA URQUIAGA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental