N.º 123, jueves 2 de julio de 2015
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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
2948
EDICTO de 9 de junio de 2015 del Director de Trabajo y Seguridad Social, sobre el expediente 15.0041.48.01.01.03 (ST-59/15), por infracción del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (LISOS).
José Javier Losantos Omar, Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Empleo y Políticas Sociales
Hago saber que, concluido el expediente señalado, incoado en virtud del acta de infracción núm. I482015000001571 a la empresa José Manuel Alfaro Martínez (NIF: 22725923-A), el Director de Trabajo y Seguridad Social ha dictado resolución, por la que se acuerda estimar la propuesta de sanción contenida en la citada acta de infracción.
(Véase el .PDF)
Intentada sin efecto la notificación de dicha resolución, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, y se advierte a la empresa que la citada resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Empleo y Trabajo del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
En el supuesto de que la empresa no ejercitara su derecho a presentar recurso de alzada, deberá proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 08-08-2015, y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:
Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794
Entidad emisora: 04833001-522
Referencia: 4815005900255
Identificación: 080815
Importe: 6.251 euros
Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de junio de 2015.
El Director de Trabajo y Seguridad Social,
JOSÉ JAVIER LOSANTOS OMAR.