N.º 119, viernes 26 de junio de 2015
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
2870
EDICTO dimanante de procedimiento n.º 343/2010 seguido sobre incidente concursal.
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: Inc.concur. 171 343/2010.
Demandante: Administración Concursal.
Abogado.
Procurador.
Demandado: Jose Luis Bosca Moscardo, Juan Bosca Moscardo, Vicente Bosca Moscardo, Filozin, S.A., Quinsem, S.L., Iñigo Quincoces Lallana y Viguetas el Sardinero, S.L.
Sobre: oposición a calificación culpable del concurso.
En el referido juicio se ha dictado 31 de julio de 2013 sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1.– Calificar como culpable el concurso de Filozin, S.A y Quinsem, S.L.
2.– Determinar como personas afectadas por esta calificación a D. Iñigo Quincoces Lallana, como administrador de derecho y a D. Vicente Bosca Moscardo, D. Juan Bosca Moscardo y D. José Luis Bosca Moscardo, como administradores de hecho y declarar la inexistencia de cómplices.
3.– Inhabilitar durante dos años a D. Iñigo Quincoces Lallana, y a D. Vicente Bosca Moscardo, D. Juan Bosca Moscardo y D. José Luis Bosca Moscardo para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales.
4.– Condenar a D. Iñigo Quincoces Lallana y a D. Vicente Bosca Moscardo, D. Juan Bosca Moscardo y D. José Luis Bosca Moscardo por el concepto de daños y perjuicios en la cuantía en que la masa activa sea insuficiente para satisfacer todas las deudas.
5.– Condenar a D. Iñigo Quincoces Lallana y a D. Vicente Bosca Moscardo, D. Juan Bosca Moscardo y D. José Luis Bosca Moscardo al abono de las costas de este Procedimiento.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Luis Bosca Moscardo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de mayo 2015.
LA SECRETARIO JUDICIAL.