N.º 119, viernes 26 de junio de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
2864
RESOLUCIÓN, de 11 de junio de 2015, de la Directora de Kontsumobide, por la que se otorgan subvenciones destinadas a entidades locales y entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias en el ejercicio 2015.
Resultando que por Orden de 17 de febrero de 2010, del Consejero de Sanidad y Consumo, se regula la concesión de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias.
Resultando que por Resolución de 30 de octubre de 2014, de la Directora de Kontsumobide, se hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias para el ejercicio 2015.
Resultando que el Decreto 20/2012 de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco establece que al Departamento de Salud le corresponde el área de actuación de consumo.
Resultando que dentro del plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de 30 de diciembre de 2014, 37 entidades presentaron solicitud al objeto de acogerse a las ayudas previstas en la Orden de 17 de febrero de 2010.
Considerando la propuesta elevada por el Tribunal Calificador, constituido para el análisis y evaluación de las solicitudes con fecha 20 de mayo de 2015.
Vistos los preceptos citados y demás disposiciones de especial y general aplicación.
DISPONGO:
1.– Conceder ayudas económicas destinadas a gastos de funcionamiento y realización de actividades por las Oficinas Municipales de Información a la Persona Consumidora (OMIC) por un montante de 859.170,51 euros, distribuyéndose la citada cantidad entre las siguientes Entidades y en la cuantía que a continuación se relaciona:
(Véase el .PDF)
2.– Conceder ayudas económicas destinadas a gastos de instalación, ampliación, equipamiento o cambio de ubicación de centros y servicios destinados a Oficinas Municipales de Información a la Persona Consumidora (OMIC) por un montante de 4.563 euros, distribuyéndose la citada cantidad entre las siguientes Entidades y en la cuantía que a continuación se relaciona:
(Véase el .PDF)
3.– Conceder ayudas económicas destinadas a actividades de inspección realizadas por las Oficinas Municipales de Información a la Persona Consumidora (OMIC) por un montante de 79.999,91 euros, distribuyéndose la citada cantidad entre las siguientes Entidades y en la cuantía que a continuación se relaciona:
(Véase el .PDF)
4.– Denegar la solicitud de ayuda presentada por Oarsoaldea para la línea de instalación, ampliación, equipamiento o cambio de ubicación de centros y servicios destinados a Oficinas Municipales de Información a la Persona Consumidora (OMIC) por incumplimiento del requisito de gasto mínimo subvencionable establecido en el artículo 7.4 de la Orden de convocatoria.
5.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
6.– Ordenar la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del País Vasco».
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2015.
La Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo,
MARÍA ELENA BEGOÑA UNZUETA TORRE.