N.º 118, jueves 25 de junio de 2015
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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
2844
EDICTO de 26 de mayo de 2015, del Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario, sobre el expediente B-2015-48-1486-M.
José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente
EDICTO
Tras dos intentos de entrega no hemos podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a doña Azahara Mediavilla Benavente en el domicilio aportado por la misma en el expediente B-2015-48-1486-M, por lo que se hace público el presente Edicto. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otra medidas de reforma administrativa, y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a la interesada el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:
– En caso de nulidad matrimonial, separación judicial o divorcio de la persona solicitante, fotocopia de la resolución judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos o de las hijas que originan la ayuda.
(Véase el .PDF)
A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede a la solicitante un plazo de 10 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales en la calle Gran Vía 85, 48011 Bilbao, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su petición.
En Vitoria-Gasteiz, a 26 de mayo de 2015.
El Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario,
JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.