N.º 118, jueves 25 de junio de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
2828
DECRETO 112/2015, de 23 de junio, por el que se aprueba el Presupuesto del Organismo Autónomo Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, para el ejercicio 2015.
La Ley 4/2014, de 27 de noviembre, crea el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, como organismo autónomo de carácter administrativo integrado en la Administración institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adscrito a Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno.
El párrafo 2 de la disposición adicional primera de la Ley 4/2014, relativa al inicio de actividades del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos establece que el Presupuesto del Instituto correspondiente al ejercicio económico en que inicie sus actividades será aprobado por el Gobierno, y dará cuenta de ello a la comisión correspondiente del Parlamento Vasco.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 23 de junio de 2015,
DISPONGO:
Artículo 1.– Aprobar el presupuesto de gastos del Organismo Autónomo Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos para el ejercicio 2015, que asciende en cuanto a los créditos de pago, a la cantidad total de 550.000 euros. En el anexo I se presenta el Estado de Gastos del Organismo Autónomo para 2015.
Aprobar el presupuesto de ingresos del Organismo Autónomo Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos para el ejercicio 2015, que asciende al mismo importe total que los créditos de pago En el anexo II se presenta el Estado de Ingresos del organismo autónomo para 2015.
Artículo 2.– Autorizar el incremento de la plantilla presupuestaria en 6 dotaciones de personal funcionario con objeto de poder dar cumplimiento a las necesidades de medios personales para llevar a cabo los fines que la Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos encomienda.
Las nuevas dotaciones se crearán conforme a lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015, según el siguiente detalle:
(Véase el .PDF)
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde el día 1 de julio de 2015.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2015.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Hacienda y Finanzas,
RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.