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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 92, miércoles 20 de mayo de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
2194

RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2015, del Director de Farmacia, de creación de oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga (Gipuzkoa).

Vista la solicitud presentada por D.ª Begoña Duo Uriarte, de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga (Gipuzkoa), y sobre la base de los siguientes:

HECHOS

Primero.– Mediante Orden de 4 de junio de 2014, del Consejero de Salud, se anunció el inicio del procedimiento para la creación de una oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga, zona farmacéutica Hernani.

Segundo.– Nombrados los miembros de la Comisión de Valoración de Méritos para el acceso a la titularidad de la reseñada oficina de farmacia y, previos los oportunos trámites legales, ésta adoptó el Acuerdo de 29 de enero de 2015 por el que se aprobó la lista definitiva de concursantes admitidos y su clasificación por orden de puntuación que fue publicada en el BOPV n.º 27 de 10 de febrero de 2015.

Tercero.– Contra el citado Acuerdo no se interpuso recurso alguno.

Cuarto.– Con fecha de 16 de marzo de 2015, se remitió oficio del Director de Farmacia a D.ª Begoña Duo Uriarte donde se señaló que, siendo la concursante que mayor puntuación obtuvo en la valoración de los méritos alegados, debía proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia, con advertencia de que, transcurrido el plazo establecido en el citado precepto sin que aportara la documentación requerida, se entendería que renuncia a seguir participando en la convocatoria.

Quinto.– Con fecha 1 de abril de 2015, D.ª Begoña Duo Uriarte presentó solicitud de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga, al amparo del Decreto 338/1995, adjuntando la documentación prevista en el artículo 5 del mencionado Decreto.

De la documentación aportada, cabe apreciar que el emplazamiento del local donde se pretende la instalación de la nueva oficina de farmacia es en el n.º 16, bajo de la Calle Nagusia, del municipio de Astigarraga.

Sexto.– El Jefe de Ordenación Farmacéutica con fecha 10 de abril de 2015, emite informe favorable sobre la documentación aportada al efecto por D.ª Begoña Duo Uriarte.

Séptimo.– Finalmente, de conformidad con el artículo 34 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el día 10 de abril de 2015, por oficio del Director de Farmacia, se da traslado a la posible interesada en el expediente para que, si lo estima pertinente, se persone en el mismo y formule las alegaciones que estimen convenientes.

En el plazo concedido para ello, la titular de la oficina de farmacia de Astigarraga se persona en el expediente sin realizar alegación alguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– De acuerdo con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con el artículo 10 del Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, corresponde al Director de Farmacia dictar la presente Resolución.

Segundo.– Siendo, D.ª. Begoña Duo Uriarte, la concursante que mayor puntuación obtuvo en la valoración de los méritos alegados, cumplidas las previsiones contenidas en el artículo 34 de la Ley 11/1994 y desarrolladas en el Decreto 338/1995, en relación con el procedimiento establecido para la creación de oficinas de farmacia y comprobada la adecuación de la documentación aportada y el plazo de su entrega a lo dispuesto en el artículo 5 del citado Decreto, procede conceder la autorización de creación de la oficina de farmacia a la interesada.

Ahora bien, conforme a la previsión establecida en el artículo 6, apartado 4, del Decreto 338/1995, la autorización concedida quedará condicionada a la obtención de la autorización de funcionamiento.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la autorización de creación de oficina de farmacia a ubicar en la calle Nagusia, n.º 16, bajo del municipio de Astigarraga (Gipuzkoa) a Dña. Begoña Duo Uriarte, de acuerdo con la documentación por ella presentada.

Segundo.– Esta autorización queda condicionada a la obtención por parte de Dña. Begoña Duo Uriarte de la correspondiente autorización de funcionamiento, que deberá solicitarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV y de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 338/1995.

Tercero.– Notifíquese a los interesados la presente Resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso de alzada ante esta Dirección o ante el Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.

Vitoria-Gasteiz, a 11 de mayo de 2015.

El Director de Farmacia,

JON IÑAKI BETOLAZA SAN MIGUEL.


Análisis documental