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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 80, lunes 4 de mayo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
1929

DECRETO 50/2015, de 21 de abril, por el que se reconoce de utilidad pública a la ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra.

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra ha solicitado la declaración mencionada por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la sensibilización y cooperación al desarrollo la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.

La entidad ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra fue constituida el 7 de febrero de 2009 y consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco en virtud de la Resolución de 8 de mayo de 2009 de la Dirección de Estudios y Régimen Jurídico del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social.

Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/B/14420/2009.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma Vasca.

Desde su constitución, la ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es colaborar con las distintas organizaciones que ayudan a colectivos desfavorecidos, con especial incidencia en el apoyo a los grupos indígenas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia, y en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Justicia, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 21 de abril de 2015,

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra, inscrita con el número de registro AS/B/14420/2009 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 21 de abril de 2015.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental