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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 68, martes 14 de abril de 2015


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1692

EDICTO del Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario, sobre el expediente (H_2014_20_3552).

José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente:

EDICTO

Tras dos intentos de entrega, no se ha podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a Leire Arcelus Ugalde en el domicilio aportado por la misma en el expediente H_2014_20_3552, por lo que se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a los/as interesados/as el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:

– Fotocopia compulsada del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.

– Fotocopia compulsada de la resolución judicial que atribuya la guarda y custodia de las hijas.

– Certificado de empadronamiento de la persona solicitante que acredite que ha residido de forma efectiva y empadronada en la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud o cinco años continuados a lo largo de los últimos diez años. En este certificado deberán constar todas las personas que conviven en el domicilio.

A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede al solicitante o a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales en la calle Intxaurrondo, 70 – 2.º, 20015, San Sebastián, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte al interesado o a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistido/a de su petición.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de marzo de 2015.

El Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario,

JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.


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