N.º 62, miércoles 1 de abril de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
1495
RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2015, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 304, 305 y 306.
HECHOS
Primero.– La Escuela Agraria de Arkaute ha impartido los cursos que se relacionan a continuación:
– Curso n.º 304, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 305, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 306, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
Los 3 cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualifcado, del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.
Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.
Vistos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– El Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.
Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería,
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:
1.– De nivel básico del curso 304 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.
2.– De nivel básico del curso 305 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II a la presente Resolución.
3.– De nivel cualificado del curso 306 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo III a la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de marzo de 2015.
El Director de Agricultura y Ganadería,
EDUARDO AGUINACO LÓPEZ DE SUSO.