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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 45, viernes 6 de marzo de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1098

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2014, de la Viceconsejera de Vivienda, por la que se conceden subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores, y entidades privadas con fines sociales de utilidad pública, para la elaboración o actualización de planes de accesibilidad y para la ejecución de obras de mejora que garanticen la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones.

Mediante Orden de 30 de julio de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se regulan y convocan para el ejercicio 2014 las subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores, y entidades privadas con fines sociales de utilidad pública, para la elaboración o actualización de planes de accesibilidad y para la ejecución de obras de mejora que garanticen la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones.

El artículo 6.º de la referida Orden de 30 de julio de 2014, establece que para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas se constituirá un tribunal calificador, el cual sobre la base de los criterios de adjudicación determinados en la propia Orden de 30 de julio de 2014, elevará la oportuna propuesta de resolución a la Viceconsejera de Vivienda.

A la vista del acta presentada por el Tribunal de Valoración y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 6.º, 7.º y 8.º de la Orden de 30 de julio de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales por la que se regulan y convocan para el ejercicio 2014 las subvenciones a Ayuntamientos y Entidades Locales Menores, y entidades privadas con fines sociales de utilidad pública, para la elaboración o actualización de planes de accesibilidad y para la ejecución de obras de mejora que garanticen la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones.

RESUELVO:

1.– Denegar la concesión de las subvenciones solicitadas, a los ayuntamientos, entidades Locales y entidades privadas con fines sociales de utilidad pública que aparecen en el anexo I, por los motivos que se recogen en el anexo I.

2.– Conceder subvenciones a los ayuntamientos, entidades locales menores y entidades privadas con fines sociales de utilidad pública, que figuran en el anexo II, por el importe que en el mismo se especifican.

3.– Notifíquese la presente Resolución a todas las entidades interesadas y publíquese en el BOPV.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, recurso de alzada ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales, en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 2014.

La Viceconsejera de Vivienda,

M.ª COVADONGA SOLAGUREN SANTAMARÍA.

(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)

Análisis documental