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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 30, viernes 13 de febrero de 2015


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
734

EDICTO del Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario, sobre el expediente L-2014-48-4419-I.

José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente

EDICTO

Tras dos intentos de entrega no hemos podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a doña Daniela Tocu en el domicilio aportado por la misma en el expediente L-2014-48-4419-I, por lo que se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a la interesada el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:

– Fotocopia de la liquidación realizada por la Administración correspondiente de la declaración del IRPF del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar (bien declaración conjunta o declaración individual de cada uno de ellos) correspondiente al periodo impositivo correspondiente a dos años antes a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento familiar preadoptivo de los hijos o de la hijas. Quienes no hubiesen realizado la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por estar exentos deberán presentar certificado de su exención emitido por Institución correspondiente.

A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales en la calle Gran Vía 85, 48011 Bilbao, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su petición.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2015.

El Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario,

JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.


Análisis documental