N.º 30, viernes 13 de febrero de 2015
- Otros formatos:
- PDF (200 KB - 1 Pág.)
- EPUB (198 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
721
ORDEN de 30 de enero de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se nombra a don Jose Angel Ulazia Beristain miembro del Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, en representación del sindicato ELA/STV.
El Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, ha sido regulado en el Título V de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
De acuerdo con la composición que para el mismo se establece en las antedichas normas, y de conformidad con lo previsto en el artículo 73.5 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, la Organización Sindical ELA/STV ha procedido, en la reunión de su Comité Ejecutivo celebrada el 15 de diciembre de 2014, la continuidad de don Jose Angel Ulazia Beristain en el Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
Don Jose Angel Ulazia Beristain fue nombrado miembro del Consejo Social por Orden de 27 de septiembre de 2007, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación (BOPV n.º 200, de 17 de octubre de 2007).
Respecto a la duración del mandato, el artículo 73.4 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, establece que la duración del mandato de los miembros del Consejo Social en representación de los intereses sociales será de cuatro años, contados a partir del momento de la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del País Vasco». Asimismo, se establece que los miembros del Consejo Social podrán ser reelegidos sólo para un nuevo mandato, sucesivo o alternativo. En cualquier caso, no podrán pertenecer a él por un periodo total superior a ocho años.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.2 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, donde se establece que los representantes de los intereses sociales serán nombrados por orden de la consejera o consejero competente en materia de universidades,
RESUELVO:
Artículo primero.– Nombrar miembro del Consejo Social de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en representación de los intereses sociales a don Jose Angel Ulazia Beristain, designado por la Organización Sindical ELA/STV.
Artículo segundo.– La duración del mandato de don Jose Angel Ulazia Beristain será por el periodo que le resta para cumplir el máximo de ocho años de mandato establecido en el artículo 73.4 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de enero de 2015.
La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.