N.º 27, martes 10 de febrero de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
625
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2014, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la financiación de actuaciones de conservación activa del patrimonio natural incluidas en acuerdos de custodia del territorio en el ámbito de la CAPV para 2014.
Mediante Orden de 3 de junio de 2014 (BOPV n.º 111 de 13 de junio de 2014), de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial se convocan las ayudas para la financiación de actuaciones de conservación activa del patrimonio natural incluidas en acuerdos de custodia del territorio.
De conformidad con lo dispuesto en dicha Orden de 3 de junio de 2014, y previo estudio del informe elaborado por parte del tribunal de valoración constituido al efecto,
RESUELVO:
1.– Conceder las siguientes subvenciones: anexo I.
2.– Las actuaciones subvencionables se ejecutarán en el corriente ejercicio 2014; deben desarrollarse y quedar finalizadas en todo caso con anterioridad a 31 de diciembre de 2014.
El abono de la subvención se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 3 de junio de 2014, previa Resolución de la Directora de Medio Natural y Planificación Ambiental.
3.– Denegar las siguientes subvenciones: anexo II.
Los motivos de denegación han sido los siguientes:
1.– El proyecto no esta relacionado con actividades de conservación del Patrimonio Natural, incluidas en acuerdos de custodia del territorio.
2.– Por no estar legalmente constituidas e inscritas en los correspondientes registros, con una antelación de al menos un año desde la fecha de publicación de la Orden.
3.– Solicitud fuera de plazo.
4.– Por no subsanar en plazo, los defectos en la solicitud presentada.
a.– No son entidad de custodia.
b.– No aportan acuerdo de custodia del territorio.
5.– Puntuación insuficiente.
6.– No cumplir el artículo 4.2 de la Orden. A los efectos de lo dispuesto en la presente Orden tendrá la consideración de entidad de custodia del territorio aquella en la que en sus estatutos conste explícitamente que se dedica a conservar el Patrimonio Natural, siempre que acredite que dedica como mínimo la mitad de su actividad a dicho fin.
7.– Renuncia a la convocatoria.
4.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco una relación de las subvenciones concedidas a efectos de conocimiento general, de conformidad con el artículo 15.4 de la Orden de convocatoria subvencional.
5.– Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, en el plazo de un mes desde su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de octubre de 2014.
El Viceconsejero de Medio Ambiente,
JOSÉ ANTONIO GALERA CARRILLO.