N.º 16, lunes 26 de enero de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
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RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2014, de la Viceconsejera de Universidades e Investigación, por la que se resuelve la primera y segunda renovación de las ayudas convocadas por Orden de 10 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor correspondientes al curso 2014-2015.
La Orden de 10 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador correspondientes al curso 2014-2015, contempla la renovación de las ayudas inicialmente concedidas dentro del programa de ayudas para perfeccionamiento de personal investigador en el curso 2012-2013 y 2013-14.
Tomando en consideración la evaluación de las solicitudes de renovación y la propuesta elevada por la Comisión de selección, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 10 de junio de 2014, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador correspondientes al curso 2014-2015.
RESUELVO:
Primero.– Conceder la primera renovación de las ayudas para el programa de Perfeccionamiento de Personal Investigador a cada una de las personas beneficiarias que figuran en el anexo I indicando su centro de aplicación así como la cantidad que cada centro recibirá para financiar los correspondientes contratos y viajes.
Estos contratos cubrirán el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015 y la retribución bruta a recibir por la persona beneficiaria es de 28.000 euros anuales.
Segundo.– Conceder la segunda renovación de las ayudas para el programa posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador a cada uno de las personas beneficiarias que figuran en el anexo II indicando su centro de aplicación así como la cantidad que cada centro recibirá para financiar los correspondientes contratos.
Estos contratos cubrirán el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015 y la retribución bruta a recibir por la persona beneficiaria es de 28.000 euros anuales.
Tercero.– Abonar las ayudas de estas renovaciones a los centros de aplicación que se prevén en los anexos I y II de la presente disposición, toda vez que se hayan recibido en la Dirección de Política Científica la copia del contrato o en su caso de la ampliación del mismo.
Cuarto.– La cuantía, duración y demás condiciones para el disfrute de dichas ayudas son las que se deriven de lo dispuesto en la Orden de 10 de junio de 2014.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán las y los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica de www.euskadi.net
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 2014.
La Viceconsejera de Universidades e Investigación,
ITZIAR ALCORTA IDIAQUEZ.