N.º 238, lunes 15 de diciembre de 2014
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 DE GETXO
5337
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 292/2013 seguido sobre divorcio contencioso.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Getxo.
Juicio: divor. contenc. 292/2013.
Demandante: Naoual Bekkouche.
Abogado: Ignacio Fuentes Sodupe Juan.
Procurador: Jaime Corral Basterra.
Demandado: Driss El Beghdadi.
Sobre: divorcio contencioso.
En el referido juicio se ha dictado, el 12-12-2013, Sentencia en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Que debiendo estimar como estimo plenamente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Corral Jiménez de Naoual Bekkouche contra Driss El Beghdadi, declarado en situación de rebeldía procesal, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio formado por Naoual Bekkouche y Driss El Beghdadi.
No se hace expresa imposición de las costas.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Driss El Beghdadi y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Getxo (Bizkaia), a 14 de noviembre de 2014.
LA SECRETARIO JUDICIAL.