N.º 231, miércoles 3 de diciembre de 2014
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE VITORIA-GASTEIZ
5164
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 935/2012.
Unidad Procesal de Apoyo directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: pro. ordinario 935/2012.
Demandante: Teresa Cierre Navas y Janire Rodriguez Bernal.
Abogado.
Procurador: Judith Lopez San Pedro y Judith Lopez San Pedro.
Demandado: Ana Maria Gonzalez Martinez y Mendiguren, S.L.
Sobre: juicio ordinario.
En el referido juicio se ha dictado, el 18-11-2014, Sentencia en la que la parte dispositiva es la siguiente:
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Teresa Cierre Navas y Janire Rodrígue Bernal, contra Ana M. González Martínez.
Debo Declarar y declaro que la demandada es responsable de las obligaciones asumidas por la mercantil Mendiguren, S.L. al haber actuado en calidad de representante de la citada.
Todo ello con expresa condena a la demandada al pago de las costas procesales.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Ana Maria Gonzalez Martinez y Mendiguren, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de noviembre de 2014.
LA SECRETARIO JUDICIAL.