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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 126, viernes 4 de julio de 2014


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE VITORIA-GASTEIZ
3031

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 1595/12 seguido sobre declaración de herederos.

Don Juan Luis Sanchon Martinez, Secretario Judicial del Upad Civil-Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento Declaración de Herederos Abintestato n.º 1595/12 a instancia de D.ª Elpidia Gutiérrez Trasviña en el que se ha acordado:

PROVIDENCIA

Magistrado que la dicta: Dña. Maria Estela San Miguel Gallo.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: seis de junio de dos mil catorce.

1.– A la vista del contenido del escrito de la Procuradora Sra. Gomez Perez de Mendiola sobre la omisión de Dña. Elpidia Gutierrez Trasviña, se acuerda ampliar el edicto publicado a los efectos oportunos:

A la vista del contenido del recurso y en aplicación de lo establecido en el artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento civil de 1881, se acuerda fijar la presente Resolución por edictos, en los sitios públicos de este partido judicial, lugar de fallecimiento de Pedro Velasco Gutierrez, nacido el día 31 de enero de 1923, en Bilbao, hijo de Pedro y Dolores, fallecimiento producido en esta ciudad de Vitoria-Gasteiz, el día 16 de abril de 2011, con residencia en Labastida, calle Mayor. Así mismo, se hace constar que han reclamado su herencia sus primas hermanas D.ª Elpidia, D.ª Dolores y D.ª Piedad Gutierrez Trasviñas, hijas de D. Antonio Gutierrez Mena, hermano de D.ª Dolores Gutierrez Mena, madre del fallecido, llamando a los que se crean con igual o mayor derecho para que comparezcan en el Juzgado a reclamarlo dentro de treinta días.

Los edictos se insertaran en el Boletín Oficial de la Provincia, y de la Comunidad Autónoma, al que pertenece este partido judicial, así como en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0030 0011 0000 00 159512, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.

Firma el Juez Firma del Secretario.

Por la presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera interesar el contenido del expediente para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de junio de 2014.

EL/LA SECRETARIO.


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