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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 126, viernes 4 de julio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3006

DECRETO 117/2014, de 24 de junio, por el que se declara de interés social a la Fundación Lantegi Batuak.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la entidad Fundación Lantegi Batuak ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la Fundación Lantegi Batuak es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1996 que tiene como objeto principal el de promover y alcanzar la integración social y laboral de las personas con discapacidad. Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad ininterrumpidamente desde 2008, principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de junio de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a la Fundación Lantegi Batuak, por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a la Fundación Lantegi Batuak los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 2014.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

JUAN MARÍA ABURTO RIQUE.


Análisis documental