N.º 112, lunes 16 de junio de 2014
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
2628
DECRETO 86/2014, de 3 de junio, por el que se autoriza a la Sociedad para la Transformación Competitiva - Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Sprilur, S.A. y se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la renuncia a su derecho de suscripción preferente.
El Consejo de Administración de la Sociedad Sprilur, S.A. acordó en su reunión del día 29 de abril de 2014 proponer a la Junta General de Accionistas una ampliación del capital social por importe de 9.250.000 euros.
El Consejo de Administración de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. acordó en su reunión de 30 de abril de 2014 dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud del artículo 4, punto 2 de la Ley 5/1981, conceda autorización a la Sociedad para la Transformación Competitiva -Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A., para participar en la ampliación de capital de la Sociedad Sprilur, S.A. suscribiendo acciones por valor de nueve millones doscientos cincuenta mil (9.250.000) euros, equivalente a una participación del 100% de la misma.
El artículo 4.2 de la Ley 5/1981, de 10 de junio, sobre Creación de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, (en la actualidad Sociedad para la Transformación Competitiva - Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.), dispone que la sociedad podrá participar en el capital social de empresas de particular interés, previa autorización del Gobierno Vasco y en las condiciones que en cada caso se determinen.
El objeto social de la sociedad Sprilur, S.A. está dirigido a formular estudios, ejercitar la acción urbanizadora y la gestión, explotación y mantenimiento de las obras y servicios resultantes, para la promoción del suelo y edificaciones industriales en la Comunidad Autónoma de Euskadi, bien directamente o a través de otras sociedades con idéntico objetivo.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad y del Consejero de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 3 de junio de 2014,
DISPONGO:
Artículo 1.- Autorizar a la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. la suscripción de la ampliación del capital social de la Sociedad Sprilur, S.A., por importe de nueve millones doscientos cincuenta mil (9.250.000) euros así como su desembolso en el momento de la suscripción. La participación de la Sociedad para la Transformación Competitiva - Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. en la sociedad Sprilur, S.A. será del 92,63%.
Artículo 2.- Se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la renuncia a su derecho de suscripción preferente en la operación de ampliación de capital de la Sociedad Sprilur, S.A.
Artículo 3.- Se autoriza a los representantes de las acciones titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para prestar su conformidad a la modificación de los estatutos sociales de Sprilur, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital.
Artículo 4.- Facultar a la Directora de Patrimonio y Contratación para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en los artículos anteriores.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.
Dado en Busturia, a 3 de junio de 2014.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,
MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.
El Consejero de Hacienda y Finanzas,
RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.