N.º 89, miércoles 14 de mayo de 2014
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 9 DE BILBAO
2113
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 1321/10 seguido sobre pieza de calificación de concurso de acreedores.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Pieza de Calificación del Concurso acreed. 1321/10 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Alcupla, S.A., Alestis Aerospace Sociedad Limitada y Automatización de Maquinaria Indus. y Aparatos de Control contra Tegraf Ingenieria, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA N.º 72/14
Juez que la dicta: D.ª Maria Esther Gonzalez Rodriguez.
Lugar: Bilbao (Bizkaia).
Fecha: veintidós de abril de dos mil catorce.
Entidad en concurso: Tegraf Ingenieria, S.L., en rebeldía.
Abogado.
Procurador.
Administradores Concursales: Luis Angel Gorostiaga Butrón y Jesús Verdes Lezana.
Abogado: Jesús Verdes Lezana.
Personas afectadas por la calificación: Arturo Aguado Ruiz, en rebeldía, Feliciano Coronel Franco y Jesus Coronel Franco.
Abogado: Pedro Learreta Olarra.
Procurador. Luis Pablo Lopez Abadia Rodrigo.
Oven Martin Acedo.
Abogado: Araceli Bustamante Herrero.
Procurador: Ignacio Hijon Gonzalez.
Objeto del juicio: pieza de calificación.
FALLO
Con estimación de la solicitud de declaración de calificación culpable formulada por la Administración Concursal de Tegraf Ingenieria, S.L.:
Debo declarar y declaro culpable el concurso de Tegraf Ingenieria, S.L.
Debo declarar y declaro que resulta persona afectada por la calificación, D. Arturo Aguado Ruiz por su condición de administrador de derecho de la concursada, condenándose a dicha persona a estar y pasar por las anteriores declaraciones.
Debo condenar y condeno a D. Arturo Aguado Ruiz a la inhabilitación para administrar bienes ajenos por dos años, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período.
Debo condenar y condeno a D. Arturo Aguado Ruiz a la pérdida de cualquier derecho que tuviera como acreedor concursal o de la masa y al pago del total de los créditos concursales y contra la masa que los acreedores no perciban en la liquidación de la masa activa.
Se imponen las costas a la concursada y a D. Arturo Aguado Ruiz.
Se acuerda el sobreseimiento del presente proceso respecto de D. Oven Martín Acedo, D. Jesús Coronel Franco y D. Feliciano Coronel Franco, sin imposición de las costas causadas a ninguna de las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0030 1846 42 0005001274, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 22 de abril de dos mil catorce.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Arturo Aguado Ruiz y Tegraf Ingenieria, S.L., extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a veintidós de abril de dos mil catorce.
EL SECRETARIO.