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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 67, lunes 7 de abril de 2014


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE EIBAR
1623

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 90/12 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Éibar.

Juicio: pro. ordinario 90/12.

Demandante: Kutxabank, S.A.

Abogado: Iñigo Larequi Arcos.

Procurador: Llorente.

Demandado: Natasa Vucinic y Gojko Vucinic.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado, el 19-03-2014, Sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Josefina Llorente López en nombre y representación de Kutxabank, S.A. contra D. Gojko Vucinic y Dña. Natasa Vucinic, condenándoles al pago solidario de la cantidad de 16.926,49 euros con el interés que corresponda desde la interposición de la demanda.

Con expresa imposición a los demandados de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese en legal forma esta sentencia a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme pudiendo interponer contra ella recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, introducida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre, para la preparación o anuncio del recurso de apelación será necesario constituir un depósito de 50 euros y acreditar debidamente la consignación de dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, en nombre de S.M. el Rey, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Gonzalo Martín Vázquez, Magistrado Titular de este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Natasa Vucinic y Gojko Vucinic y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Eibar (Gipuzkoa), a 21 de marzo de 2014.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental