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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 61, viernes 28 de marzo de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 9 DE BILBAO
1487

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 221/10.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 221/10 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Graficas Monterreina, S.A.U. contra De Luxe Communication, S.L. y Estudios Durero, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 196/13

Juez que la dicta: D.ª Maria Esther Gonzalez Rodriguez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: veintinueve de noviembre de dos mil trece.

Parte demandante: Graficas Monterreina, S.A.U.

Abogado: Juan José Ruiz Sanz.

Procurador: Marta Arruza Doueil.

Parte demandada: De Luxe Communication, S.L., en rebeldía. Estudios Durero, S.L.

Abogado: Miguel Angel Heras Aparicio.

Procurador: Gabriel Marcos Rico.

Objeto del juicio: ordinario.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Marta Arruza Doueil, en nombre y representación de Graficas Monterreina, S.A.U, contra De Luxe Communication, S.L., en rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, condenando a la citada demandada a que abone a la actora la cantidad de 27.962,96 euros, más los intereses legales especificados en el Fundamento de Derecho Tercero de la presente Resolución, con expresa imposición de las costas originadas por el presente juicio a la parte demandada, y absolviendo a Estudios Durero, S.L., con Procurador Gabriel Marcos Rico, de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con imposición de sus costas a la parte actora.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4750 0000 00 0221 10, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s De Luxe Communication, S.L., extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a seis de marzo de dos mil catorce.

EL SECRETARIO.


Análisis documental