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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 53, martes 18 de marzo de 2014


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE VITORIA-GASTEIZ
1313

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1613/12 seguido sobre contratos en general.

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: pro. ordinario 1613/12.

Demandante: Francisco Jose Maria del Bello Martin.

Abogado: Cecilia Maysounave Gonzalez.

Procurador: Del Bello.

Demandado: Maria Jesus Merino Alvarez, Iñigo Celestino Merino Alvarez, Ana Sabela Alvarez Ortiz de Zuñiga, Pedro Jose Maria Alvarez Ortiz de Zuñiga, Comunidad de Propietarios de calle Manuel Iradier 12, Antonio Del Bello Martin, Maria Teresa Del Bello Martin, Jose Maria Alvarez Gonzalez De Suso y Maria Jesus Alvarez Ortiz De Zuñiga.

En el referido juicio se ha dictado, con fecha 24-02-2014, Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Francisco José María Del Bello Martín contra Comunidad de Propietarios de Manuel Iradier 12, contra José María Álvarez González de Suso, María Jesús e Iñigo Merino Álvarez, Antonio y Teresa del Bello Martín, Ana Sabela, Pedro José y María Jesús Álvarez Ortiz de Zuñiga y, en su virtud, condeno a los demandados a ejecutar las obras de rehabilitación del edificio necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad en la forma que describe el informe del perito de designación judicial y señalado en el fundamento de derecho tercero de la presente Resolución.

Con imposición de costas a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0004 0000 04 1613 12, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Maria Alvarez Gonzalez de Suso y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de febrero de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental