N.º 35, jueves 20 de febrero de 2014
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
834
RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2014, de la Directora de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales, de delegación de competencias en el Consejero de Hacienda y Finanzas de la contratación de la realización de los servicios postales para los años 2014 y 2015, en la Delegación Territorial de Salud de Álava.
Según el Capítulo V y la disposición adicional primera del Decreto 136/1996, de 5 de junio, por el que se aprueba el régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el artículo 12.d) del Decreto 192/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas, corresponde a la Dirección de Recursos Generales la contratación en edificios de gestión centralizada de las materias o servicios de utilización generalizada que hayan sido atribuidos a la Dirección de Recursos Generales.
También el artículo 12.a) del Decreto 192/2013, otorga a la mencionada Dirección la propuesta de desarrollo de los procedimientos para la contratación de bienes y servicios de adquisición centralizada.
En el momento actual, se considera que la contratación de manera centralizada de los servicios postales, contribuye a la mejora de la gestión de los servicios así como a la racionalización del gasto público.
El artículo 19 del Decreto 136/1996, anteriormente mencionado, permite la extensión de las competencias de la Dirección de Recursos Generales a otros edificios distintos de los de gestión centralizada. Esta extensión se instrumentaliza por medio de convenio, previsiones específicas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o de las fórmulas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La fórmula apropiada para llevar a cabo de manera centralizada la contratación de los servicios postales en el ámbito antes señalado, es la prevista para las delegaciones de competencias en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone lo siguiente:
«1.– Los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas».
Es por ello que, en virtud de las competencias que en materia de contratación atribuye el artículo 3.2.f) del Decreto 192/2013, al Consejero de Hacienda y Finanzas, y atendiendo a que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 del Decreto 195/2013 de estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, corresponde a la Directora de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales ejercer las facultades que atribuye al órgano de contratación del Departamento de Salud,
RESUELVO:
I.– Delegar en el Consejero de Hacienda y Finanzas la competencia para la contratación para los años 2014 y 2015 (prorrogable para 2016 y 2017) de los servicios postales.
La delegación se extenderá a las siguientes materias previstas en el RDL 3/2011, de 14 de septiembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que sean de aplicación al contrato:
– Preparación del contrato (Libro II).
– Adjudicación del contrato (Libro III, Título I, Capítulo I).
– Prerrogativas de la Administración, modificación, extinción, cesión y subcontratación previstas con carácter general en el Libro IV Título I, Capítulo I y con carácter particular para los contratos de suministro en el Libro IV Título II, Capítulo IV.
– Formalización del contrato (Libro III, Título I Capítulo I).
II.– El resto de las competencias que corresponden al órgano de contratación, y en particular la facultad de dar la conformidad a la ejecución de los servicios prestados y ordenar el abono de los mismos, permanecerán en el órgano delegante.
III.– La presente delegación entrará en vigor a partir del día siguiente de su firma.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de febrero de 2014.
La Directora de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales,
MARÍA JESÚS GEMMA MÚGICA ANDUAGA.