N.º 14, miércoles 22 de enero de 2014
- Otros formatos:
- PDF (195 KB - 1 Pág.)
- EPUB (192 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE BILBAO
297
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 923/10.
Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bilbao.
Juicio: pro. ordinario L2 923/10.
Demandante: Olga Muñoz Avalos y Raul Zarco Rojo.
Abogado: Parra Sanchez Eduardo y Parra Sanchez Eduardo.
Procurador: Arruza y Arruza.
Demandado: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, S.A. y Grupo Bitacora Agency VIP Vacances y Dastm International, S.L.
Sobre: juicio ordinario.
En el referido juicio se ha dictado en fecha de 09-10-2013, Sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª Marta Arruza Doueil en nombre y representación de D. Raúl Zarco y D.ª Olga Muñoz Avalos, contra Grupo Bitácora Agency VIP Vacances y Dastm International, S.L. y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, S.A., debo absolver y absuelvo a los citadas demandadas de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con imposición a la parte actora de las costas procesales causadas en el presente juicio.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Grupo Bitacora Agency VIP Vacances y Dastm International, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 10 de diciembre de 2013.
EL SECRETARIO JUDICIAL.