N.º 14, miércoles 22 de enero de 2014
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
291
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2013, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se otorga el reconocimiento de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres a la entidad Cruz Roja Gipuzkoa (Centro Socio Sanitario de Cruz Roja en San Sebastián y Residencia Asistida de Cruz Roja en Irun).
Mediante Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, se creó la figura de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, con el fin de incentivar las iniciativas que pudieran surgir en el ámbito sociolaboral a favor de la igualdad de oportunidades, así como de reconocer la labor realizada por las distintas entidades en dicho ámbito.
En su virtud, a la vista de la solicitud presentada por don Antxon Amunarriz Yeregui, en nombre y representación de la entidad Cruz Roja Gipuzkoa (Centro Socio Sanitario de Cruz Roja en San Sebastián y Residencia Asistida de Cruz Roja en Irun) y de la valoración realizada del documento de compromiso suscrito por la Entidad para el desarrollo de una política de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa,
RESUELVO:
Primero.– Otorgar el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la entidad Cruz Roja Gipuzkoa (Centro Socio Sanitario de Cruz Roja en San Sebastián y Residencia Asistida de Cruz Roja en Irun), en los términos y condiciones establecidas en el Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, por la que se crea la figura de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, en base al documento de compromiso suscrito por dicha Entidad para el desarrollo de una política de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su organización.
Segundo.– Cruz Roja Gipuzkoa (Centro Socio Sanitario de Cruz Roja en San Sebastián y Residencia Asistida de Cruz Roja en Irun) podrá utilizar dicho reconocimiento en cuantos elementos corporativos de imagen considere oportunos, mientras el mismo continúe vigente.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2013.
La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.