N.º 236, jueves 12 de diciembre de 2013
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COLEGIO VASCO DE ECONOMISTAS
5405
ANUNCIO relativo al acuerdo sobre los ficheros de datos de carácter personal.
De acuerdo a la Ley 18/2012, de 28 de junio, de Unificación Colegial de Economistas y Titulados Mercantiles en el País Vasco, del Parlamento Vasco, por la que se suprimen ficheros de datos de carácter personal del Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales e Bizkaia.
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:
Primero.– Los ficheros del Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales de Bizkaia serán los contenidos en el anexo de este Acuerdo.
Segundo.– Se suprimen los ficheros incluidos en el anexo de este Acuerdo en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, y el artículo 54.3.
Tercero.– Los ficheros que se recogen en los anexos de este Acuerdo, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Cuarto.– En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial Del Estado.
Quinto.– El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Bilbao, a 13 de noviembre de 2013.
El Presidente CVE,
IÑIGO OCARIZ GAUBECA.
ANEXO
FICHEROS QUE SE SUPRIMEN
ÓRGANO RESPONSABLE: COLEGIO DE TITULADOS MERCANTILES Y EMPRESARIALES DE BIZKAIA
a) Identificación del fichero: Colegiados.
b) Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: el fichero no se destruye, se traslada integrándolo en el fichero de colegiados del colegio vasco de economistas.
Motivos: disolución del Colegio de Titulados Mercantiles de Bizkaia y absorción del mismo por colegio vasco de economistas.