N.º 236, jueves 12 de diciembre de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE EIBAR
5398
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 210/11.
Unidad Procesal de Apoyo directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Eibar.
Juicio: juicio verbal L2 210/11.
Demandante: Servicios Carnicos Alonso, S.A.
Abogado: Jesus Manuel, Espinosa de Los Monteros Silva.
Procurador: Echaniz.
Demandado: Luz Gandiaga.
Sobre: juicio verbal.
En el referido juicio se ha dictado, el 04-02-2013, Sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Luis Echániz Aizpuru en nombre y representación de Servicios Cárnicos Alonso, S.A. contra Dña. Luz Gandiaga Fernández (quien actúa en el tráfico comercial bajo el nombre «Katering El Alambique»), condenándole al pago de la cantidad de 202, 89 euros con el interés legal desde la interposición de la demanda.
Con expresa imposición a la demandada de las costas causadas en este procedimiento.
Notifíquese en legal forma esta sentencia a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es firme, no pudiendo interponer contra ella recurso alguno (Artículo 455.1 de la LEC).
Así por esta mi sentencia, en nombre de S. M. el Rey, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Gonzalo Martín Vázquez, Juez Titular de este Juzgado.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Luz Gandiaga y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal.
En Eibar (Guipúzcoa), a 4 de febrero de 2013.
LA SECRETARIO JUDICIAL.