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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 82, martes 30 de abril de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE BERGARA
2081

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 421/10 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Bergara.

Juicio: pro. ordinario L2 421/10.

Demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián.

Abogado: Iñigo Larequi Arcos.

Procurador: Amilibia.

Demandado: Igor Perez Vinuesa, Jose Antonio Perez Redondo y Julia Vinuesa Familiar.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 20-03-2013, sentencia cuyo fallo es la siguiente:

SENTENCIA N.º 31/13

Juez que la dicta: D.ª Maria Angela Rodriguez-Monsalve Navarro.

Lugar: Bergara (Gipuzkoa).

Fecha: veinte de marzo de dos mil trece.

Parte demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián.

Abogado: Iñigo Larequi Arcos.

Procurador: Jose Alberto Amilibia Mugica.

Parte demandada: Igor Perez Vinuesa, Jose Antonio Perez Redondo y Julia Vinuesa Familiar.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda presentada por el procurador José Alberto Amilibia Múgica, en nombre y representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián contra Igor Perez Vinuesa, Jose Antonio Perez Redondo y Julia Vinuesa Familiar, en rebeldía en esta causa, y condeno solidariamente a Igor Perez Vinuesa, Jose Antonio Perez Redondo y Julia Vinuesa Familiar a pagar a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián, la cantidad de 12.895,33 euros mas los intereses pactados desde el día 14 de septiembre de 2010 hasta su completo pago, así como al pago de las costas causadas en esta instancia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Igor Perez Vinuesa, Jose Antonio Perez Redondo y Julia Vinuesa Familiar y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bergara (Gipuzkoa), a 20 de marzo de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental