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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 39, lunes 25 de febrero de 2013


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1047

EDICTO del Director de Política Familiar y Comunitaria, sobre los expedientes que a continuación se señalan (255/2006 Dek./48/2013-01-15).

José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Comunitaria, del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente

EDICTO

Tras dos intentos de entrega no hemos podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a los solicitantes que se citan al final del presente edicto, por lo que se hace público el presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a los interesados el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:

– Fotocopia de la liquidación realizada por la Administración correspondiente de la declaración del IRPF del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar (bien declaración conjunta o declaración individual de cada uno de ellos) correspondiente al periodo impositivo correspondiente a dos años antes a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento familiar preadoptivo de los hijos o de la hijas. Quienes no hubiesen realizado la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por estar exentos deberán presentar certificado de su exención emitido por Institución correspondiente.

A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede al solicitante o a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Empleo y Políticas Sociales en la calle Gran Vía, 85, 48011 Bilbao, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte al interesado o a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su petición.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2013.

El Director de Política Familiar y Comunitaria,

JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental