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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 252, lunes 31 de diciembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
5934

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2012, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se otorgan ayudas económicas para la realización de Estudios de Análisis y Detección de Necesidades de Formación que se desarrollen por parte de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco y que sirvan como base para la mejora de las competencias y cualificaciones de sus trabajadores, en aras a conseguir una mayor competitividad.

La Orden de 8 de mayo de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales (BOPV de 15 de mayo) convocó en el ejercicio 2012 ayudas económicas para la realización de Estudios de Análisis y Detección de Necesidades de Formación que se desarrollen por parte de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El artículo 7 de la convocatoria prevé que Hobetuz analice las solicitudes presentadas y formule a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo las pertinentes propuestas a fin de que su Director General adopte la resolución que corresponda, publicándose en el Boletín Oficial del País Vasco la relación de las empresas beneficiarias y las cantidades otorgadas.

Asimismo, en el artículo 4 de la convocatoria se establecen los criterios de valoración y se determina que no serán financiados los estudios que tras el análisis y la valoración realizada no alcancen una puntuación mínima de 50 puntos. Además, en el artículo 5 se determinan los criterios de determinación de la ayuda.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas económicas a las empresas relacionadas en el anexo I, por un importe global de 800.000 euros, para el desarrollo de los diagnósticos presentados y por las cantidades que en él se expresan.

Segundo.– De acuerdo con el artículo 5.4 de la convocatoria, las subvenciones que se recogen en el anexo I antes citado están condicionadas a la realización del correspondiente esfuerzo inversor.

Tercero.– Desestimar las solicitudes que se recogen en el anexo II por las causas que en él se señalan.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de noviembre de 2012.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

JAVIER RAMOS SALAZAR.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental