N.º 169, jueves 30 de agosto de 2012
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE INTERIOR
3930
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2012, de la Directora de Tráfico, por la que se dispone la publicación de un acuerdo de encomienda de gestión a la Academia Vasca de Policía y Emergencias para ejecutar la enseñanza de la fase de formación presencial prevista en la base 5.2 del curso para obtener certificado de aptitud de profesor/a de formación vial, convocado por Resolución de 30 de diciembre de 2010 (BOPV n.º 27, de 9 de febrero de 2011).
Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 3256/1982 de 15 de octubre; de conformidad con las competencias atribuidas a esta Dirección de Tráfico por el artículo 20.5.a) del Decreto 303/2010, de 23 de noviembre; de acuerdo con la atribución de competencias contenida en el Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, a la Dirección de Tráfico le corresponde, entre sus funciones, la convocatoria de cursos para la obtención del título de profesor o profesora de formación vial.
El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contempla la posibilidad de que los órganos administrativos o las Entidades de derecho público encomienden la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia a otros órganos o entidades de la misma o distinta Administración por razones de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, sin que ello implique cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
La Dirección de Tráfico carece de los medios necesarios para ejecutar la enseñanza de la fase de formación presencial prevista en la base 5.2 del curso para obtener certificado de aptitud de profesor/a de formación vial, convocado por Resolución de 30 de diciembre de 2010 (BOPV n.º 27, de 9 de febrero de 2011).
La Academia Vasca de Policía y Emergencias cuenta entres sus unidades administrativas con los recursos materiales y técnicos necesarios para ejecutar la citada fase de formación presencial.
Por ello, encomiendo a la Academia de Policía del País Vasco ejecutar la enseñanza de la fase de formación presencial.
Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de julio de 2012.
La Directora de Tráfico,
AMPARO LÓPEZ ANTELO.
ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN MATERIAL ENTRE LA DIRECCIÓN DE TRÁFICO DEL DEPARTAMENTO DE INTERIOR Y LA ACADEMIA VASCA DE POLICÍA Y EMERGENCIAS PARA EJECUTAR LA ENSEÑANZA DE LA FASE DE FORMACIÓN PRESENCIAL PREVISTA EN LA BASE 5.2. DEL CURSO PARA OBTENER CERTIFICADO DE APTITUD DE PROFESOR/A DE FORMACIÓN VIAL, CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2010
REUNIDOS:
De una parte Dña. Amparo López Antelo y, de otra, Dña. Elena Moreno Zaldibar,
EXPONEN:
Que por razones de eficacia la Dirección de Tráfico solicita a la Academia Vasca de Policía y Emergencias la gestión material de enseñanza de la fase de formación presencial prevista en la base 5.2 del curso para obtener certificado de aptitud de profesor/a de formación vial, convocado por Resolución de 30 de diciembre de 2010 (BOPV n.º 27, de 9 de febrero de 2011) de acuerdo a las siguientes
CLAúSULAS
Primera.– Número máximo de alumnos.
El número máximo de alumnos asistentes es de 121 distribuidos en grupos y en los turnos necesarios.
Segunda.– Duración de la fase de presencia.
La Fase de Presencia tendrá una duración de 10 semanas que se ampliará en el caso de que durante el desarrollo del mismo se produzcan fiestas locales, autonómicas o estatales, que deberán ser debidamente recuperadas.
Tercera.– Materias y número de horas a impartir.
Las materias o asignaturas a impartir en la fase de presencia son las que a continuación se relacionan:
● Formación de personas adultas y habilidades docentes.
● Soporte vital básico.
● Normas y señales.
● Reglamentación vehículos pesados.
● Mecánica.
● Seguridad vial.
● Integración prueba común.
● Integración seguridad vial /mecánica.
● Conducción económica.
● Seguro del automóvil.
● Prácticas conducción.
● Refuerzos.
● Tutoría presencial.
Cuarta.– Tareas encomendadas.
Además de la formación en las materias previstas en la estipulación tercera, se encomiendan las siguientes tareas:
● Planificar, coordinar y unificar criterios técnicos y pedagógicos entre el equipo docente.
● Establecer las adaptaciones necesarias a la programación didáctica presentada para cada materia o asignatura, los contenidos, los sistemas de evaluación continua y las recuperaciones necesarias, con pruebas que demuestren la integración de conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para la enseñanza de la conducción.
● Realizar un seguimiento permanente, debiendo llevar un control continuo de la asistencia de los alumnos.
● Proporcionar a la Dirección de Tráfico cuanta información demande ésta en relación a la formación y los alumnos y alumnas de la misma, y en especial sobre sus niveles de aprovechamiento y asistencia.
● La evaluación del nivel de aprovechamiento y asistencia por parte de los/las alumnos/as participantes.
● Redactar, dentro de la semana siguiente a la finalización de cada turno, una memoria-informe en el que se reflejen, entre otros, los siguientes aspectos:
– Relación de las faltas de asistencias que se han producido por los alumnos, totalmente justificadas y documentadas.
– La evaluación del nivel de aprovechamiento y asistencia por parte de los/las alumnos/as participantes.
– Relación de alumnos que, después de superar las evaluaciones correspondientes a las diferentes materias, son declarados Aptos en la Fase de Presencia y relación de los que son declarados No Aptos, especificando la materia o materias que tienen que recuperar.
– Ficha individual por cada alumno con la calificación obtenida en cada una de las materias.
● Comunicar a la Dirección de Tráfico, dentro de la semana siguiente a la finalización de cada turno, los resultados finales del proceso.
Quinta.– Gastos.
Los gastos derivados de la formación serán abonados directamente por los/las alumnos/as que accedan a la fase de enseñanza presencial a la Academia de Policía del País Vasco y se calcularán conforme con el artículo 3 de la Orden de 26 de octubre de 2011, del Consejero de Interior, por la que se fijan los precios públicos de las actividades que presta el Organismo Autónomo Administrativo Academia de Policía del País Vasco.
Sexta.– Plazo de vigencia.
La encomienda de gestión tendrá vigencia desde la publicación del presente instrumento en el Boletín Oficial del País Vasco, hasta la finalización de la fase de presencia referida en la estipulación segunda, y podrá ser prorrogada para cada curso posterior por mutuo acuerdo de ambas partes.
Y estando ambas partes conformes con el contenido de este documento y, para que así conste, suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión disponiendo para general conocimiento su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 26 de julio de 2012.
La Directora de Tráfico,
AMPARO LÓPEZ ANTELO.
La Directora de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,
Elena moreno ZALDÍVAR.