N.º 159, jueves 16 de agosto de 2012
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE AZPEITIA
3748
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 458/11.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Azpeitia.
Juicio: pro. ordinario L2 458/11.
Demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián.
Abogado.
Procurador: Echaniz.
Demandado: Emilia Lucia Rios Leal.
Sobre: obligaciones:reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado el 04-06-2012, sentencia cuyo fallo es el siguiente:
«Debe estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Caja de Ahorros y monte de Piedad de Guipúzkoa y San Sebastián, Kutxa frente a doña Emilia Lucia Ríos Leal; condenando a ésta a abonar a la parte actora la suma de seis mil ciento noventa y cuatro con sesenta y un (6.194,61) euros, más los intereses pactados en la forma señalada en el suplico de la demanda. Y condenando en costas a la parte demandada».
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Emilia Lucia Rios Leal y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Azpeitia (Gipuzkoa), a 11 de junio de 2012.
LA SECRETARIO JUDICIAL.