N.º 58, miércoles 21 de marzo de 2012
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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
1392
EDICTO de 21 de febrero de 2012, de la Directora de Trabajo, por el que se notifica a la empresa Estructuras y Encofrados Gorbea, S.L. la resolución recaída en el recurso n.º 12.0016.01.02.01.02
Katrin Begoña Iturrate Zamarripa, Directora de Trabajo.
Hago saber que, concluido el recurso 12.0016.01.02.01.02, incoado en virtud del acta de infracción número I12011000021619 a las empresas Estructuras y Encofrados Gorbea, S.L. (CIF B-01383116) y Construcciones Alarcón y Escudero, S.A. (CIF A-09040098), se ha dictado resolución, por la que se acuerda desestimar los recursos de alzada interpuestos por D. Alfonso Reboredo Civeira, en nombre y representación de la empresa Estructuras y Encofrados Gorbea, S.L. y D. Ángel Escudero Antón, en nombre y representación de la empresa Construcciones Alarcón y Escudero, S.A., y, por lo tanto, confirmar la resolución de 11 de noviembre de 2011 de la Delegación Territorial de Álava del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, recaída en el expediente sancionador 01/2011/143, por la que se impone a la empresa Estructuras y Encofrados Gorbea, S.L. la sanción de ocho mil ciento noventa y seis (8.196) euros, por la comisión de una infracción grave del artículo 12.16.b) del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y se hace responsable solidaria a la empresa Construcciones Alarcón y Escudero, S.A.
No habiéndose podido notificar dicha resolución a la empresa Estructuras y Encofrados Gorbea, S.L., a pesar de los intentos realizados en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en c/ Senda de Valentín de Foronda, 20 - 4.º izda. 01010 Vitoria-Gasteiz, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se advierte a la empresa mencionada que la citada resolución pone fin a la vía administrativa, y que puede impugnarse ante el juzgado de lo social correspondiente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Con independencia de la impugnación o no de la resolución, la empresa Estructuras y Encofrados Gorbea, S.L. o la empresa Construcciones Alarcón y Escudero, S.A. deberán proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 21-04-2012, y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:
Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794.
Entidad emisora: 04833001-522.
Referencia: 0111014300495.
Identificación: 210412.
Importe: 8.196 euros.
Si no lo hicieran así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.
Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vitoria-Gasteiz, a 21 de febrero de 2012
La Directora de Trabajo,
KATRIN BEGOÑA ITURRATE ZAMARRIPA.