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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 58, miércoles 21 de marzo de 2012


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
1390

EDICTO de 15 de febrero de 2012, de la Directora de Trabajo, por el que se notifica a la empresa Transportes y Excavaciones Valmar, S.L. la resolución recaída en el recurso n.º 12.0003.48.02.01.02.

Katrin Begoña Iturrate Zamarripa, Directora de Trabajo.

Hago saber que, concluido el recurso 12.0003.48.02.01.02., interpuesto por la empresa Construcciones Adolfo Sobrino, S.A., se ha dictado resolución, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por D. Jose Maria Garcia Perez, en nombre y representación de la empresa referida, y, por lo tanto, confirmar la resolución de 24 de noviembre de 2011 de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, recaída en el expediente sancionador SH-286/11, por la que se impone solidariamente a las empresas Pronorcas, S.L., Construcciones Adolfo Sobrino, S.A. y Transportes y Excavaciones Valmar, S.L. la sanción de dos mil cuarenta y seis (2.046) euros, por la comisión de una infracción grave del artículo 12.23.b) del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

No habiéndose podido notificar dicha resolución a la empresa Transportes y Excavaciones Valmar, S.L. a pesar de los intentos realizados en el último domicilio del que se tiene constancia, ubicado en Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, c/ Gipuzkoa, 2-1.º D, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se advierte a la empresa mencionada que la citada resolución pone fin a la vía administrativa y que podrá impugnarse ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Con independencia de la impugnación o no, las empresas interesadas deberán proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de internet: http://www.euskadi.net/mipago.

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de dicha sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de febrero de 2012.

La Directora de Trabajo,

KATRIN BEGOÑA ITURRATE ZAMARRIPA.


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