N.º 58, miércoles 21 de marzo de 2012
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OTRAS DISPOSICIONES
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO
1376
EDICTO relativo al recurso contencioso-administrativo n.º 1236/06.
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 1236/2006 –promovido por el Abogado del Estado, en la representación que ostenta de la Administración del Estado, contra: 1.– La Orden de 31 de marzo de 2006, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, por la que se dictan instrucciones para la tramitación del expediente previo al de la declaración de la prohibición de contratar con las administraciones públicas a quienes hayan sido sancionados por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales (BOPV n.º 107, de 7 de junio de 2006); y 2.– La Orden de 31 de marzo de 2006, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se determina dar publicidad a las sanciones impuestas por infracciones graves muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (BOPV n.º 107, de 7 de junio de 2006), se ha dictado por el Tribunal Supremo sentencia en fecha 9-12-2011, confirmatoria de la dictada por esta Sala el 16-09-2008, la cual ha alcanzado el carácter de firme y en cuyo fallo se ha acordado:
A) Declarar la conformidad a derecho la Orden de 31 de marzo de 2006, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, por la que se dictan instrucciones para la tramitación del expediente previo al de la declaración de la prohibición de contratar con las administraciones públicas a quienes hayan sido sancionados por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales (BOPV n.º 107, de 7 de junio de 2006), con desestimación del recurso contra ella dirigido.
B) Declarar la disconformidad a derecho de la Orden de 31 de marzo de 2006 del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se determina dar publicidad a las sanciones impuestas por infracciones graves muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (BOPV n.º 107, de 7 de junio de 2006), que consecuentemente anulamos.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Bilbao (Bizkaia), a 2 de febrero de 2012.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.